F-Gas 2027: qué cambia para el instalador de climatización
En 2027 se reduce a la mitad el HFC disponible en la UE y se prohíben nuevos equipos con R-32. Qué cambia, qué no cambia y cómo tener tu documentación al día.
Si instalas o mantienes equipos de aire acondicionado, bombas de calor o frío, 2027 es una fecha para marcar en rojo. El Reglamento (UE) 2024/573 sobre gases fluorados trae ese año tres cambios a la vez: menos refrigerante disponible, nuevas prohibiciones de equipos y más exigencia en la formación de los técnicos. Aquí tienes qué cambia de verdad, qué no cambia y qué conviene hacer desde ya.
1. El HFC disponible en Europa se reduce a la mitad
El Reglamento fija cuánto HFC puede venderse cada año en la UE. El máximo es de 42.874.410 toneladas de CO₂ equivalente en 2025-2026 y baja a 21.665.691 en 2027-2029. Es un recorte de casi el 50% de un año para otro.
Qué significa para ti: menos oferta de refrigerantes como el R-32 o el R-410A. Lo lógico es esperar tensión en precios y disponibilidad, así que conviene planificar compras y controlar bien lo que cargas y recuperas en cada intervención.
2. Qué equipos no podrán comercializarse desde el 1 de enero de 2027
Las prohibiciones afectan a la venta de equipos nuevos. Los equipos ya instalados no están prohibidos y pueden seguir funcionando y manteniéndose. Desde el 1 de enero de 2027 no podrán comercializarse:
- Equipos monobloque y autónomos de hasta 12 kW con gases de PCA igual o superior a 150. Esto incluye aire acondicionado y bombas de calor autónomas. Hay una excepción cuando sea necesario para cumplir requisitos de seguridad en el lugar de uso; en ese caso el límite de PCA sube a 750.
- Sistemas partidos aire-agua de hasta 12 kW, es decir, la aerotermia partida doméstica, con PCA igual o superior a 150, salvo que sean necesarios por requisitos de seguridad.
- Enfriadoras: las de hasta 12 kW con PCA ≥ 150 y las de más de 12 kW con PCA ≥ 750.
El dato clave: el R-32 tiene un PCA de 675. Por tanto queda fuera de los equipos nuevos de esas categorías, salvo la excepción por seguridad.
Lo que NO cambia en 2027: el split aire-aire doméstico con R-32 sigue siendo comercializable. Su prohibición llega el 1 de enero de 2029 para splits aire-aire de hasta 12 kW con PCA ≥ 150, y ese mismo año para splits de más de 12 kW con PCA ≥ 750. Después vienen 2033 (splits de más de 12 kW con PCA ≥ 150) y 2035 (splits de hasta 12 kW con cualquier gas fluorado), siempre salvo necesidad por seguridad.
3. Ya en vigor: el mantenimiento con gases de PCA muy alto
No es de 2027, pero muchos instaladores todavía no lo tienen claro. Desde el 1 de enero de 2026 está prohibido el servicio y mantenimiento de bombas de calor y aire acondicionado con refrigerantes de PCA ≥ 2.500. Hay una excepción para refrigerante recuperado o reciclado hasta el 1 de enero de 2032, siempre que esté correctamente etiquetado. En refrigeración, esa prohibición aplica desde el 1 de enero de 2025.
4. Control de fugas: el detalle que se suele olvidar
Si reparas una fuga en un equipo sujeto a control de fugas, la nueva norma no te deja comprobarlo en el mismo momento. El operador debe garantizar que un técnico certificado revise el equipo lo antes posible después de 24 horas de funcionamiento y, como máximo, un mes después de la reparación. Antes, la comprobación solía hacerse el mismo día de la reparación, y eso ya no es posible.
Esto significa una segunda visita que hay que agendar y documentar. Es justo el tipo de obligación que se pierde si llevas los registros en papel.
5. Tu carné de gases fluorados: sigue valiendo, pero con fecha
Tranquilidad primero: los certificados expedidos con el Reglamento anterior (517/2014) siguen siendo válidos y no caducan. Pero tienen una fecha práctica que cumplir. Sus titulares deberán hacer un curso de actualización o una evaluación antes del 12 de marzo de 2029, y a partir de ahí al menos cada siete años.
En España, la adaptación está pendiente de un nuevo Real Decreto que adapta el ordenamiento español a los Reglamentos (UE) 2024/573 y 2024/590 y deroga el Real Decreto 115/2017. Entre otras cosas, el borrador prevé que solo se puedan vender gases fluorados a empresas habilitadas o fabricantes certificados, y que los equipos precargados los instalen empresas acreditadas y se registren electrónicamente. Mientras no se publique en el BOE, sigue aplicándose el RD 115/2017.
6. Y en la oficina: Verifactu también llega en 2027
2027 trae además cambios en la facturación. El Real Decreto-ley 15/2025 retrasó un año la obligatoriedad de Verifactu: empresas desde el 1 de enero de 2027 y autónomos desde el 1 de julio de 2027. Si facturas con Excel o Word, tienes menos de un año para cambiar a un software adaptado.
Checklist para llegar preparado a 2027
- Revisa tu stock y tu catálogo: qué equipos monobloque y aire-agua de hasta 12 kW con R-32 ofreces y qué alternativas vas a vender.
- Fórmate en refrigerantes alternativos (R-290, CO₂, A2L) antes de que tus clientes te los pidan.
- Ten localizada la categoría de cada técnico de tu empresa y el plazo del primer reciclaje: 12 de marzo de 2029.
- Agenda las segundas visitas de control de fugas tras cada reparación, entre las 24 horas de funcionamiento y el mes.
- Ten al día el registro de cada equipo: cantidades cargadas, añadidas y recuperadas.
- Adapta tu facturación a Verifactu antes del 1 de julio de 2027 si eres autónomo.
Cómo te ayuda CertiGas
Con menos refrigerante, más controles y más inspecciones, la documentación deja de ser un trámite y pasa a ser tu protección ante una sanción. CertiGas genera el Anexo VI y el Libro de Registro desde el móvil, mantiene el historial completo de cada equipo y te avisa de los controles de fugas pendientes, incluida esa segunda visita posterior a la reparación. Y al asignar un técnico a una intervención, verifica que su certificación sea de la categoría adecuada para el trabajo.
Todo ello sin papeles ni hojas de cálculo.
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